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(ca) [COMUNICADO - SINDICAL CGT Murcia] Sancionan con 15.000 euros a empresas de ambulancias por acoso sindical a CGT
Date
Wed, 9 May 2018 23:03:55 +0300
El Juzgado de la Social nº 3 de Cartagena ha condenado a 3 empresas de ambulancias
(Murciana de Asistencia y Emergencias S.L., Ambulancias Martínez S.L. y Ambulancias
Levante) así como a su administradora, a indemnizar con 15.000 euros al delegado de CGT
por Acoso Sindical, trato vejatorio y predisponer a la plantilla en su contra. No
existiendo prueba alguna que justifique las medidas adoptadas por la empresa, cuya
acumulación en una misma persona han supuesto una verdadera persecución, acoso personal y
vulneración de la libertad sindical ---- Como queda reflejado en los hechos probados de la
sentencia el delegado de CGT "ha interpuesto diversas denuncias a la Inspección de Trabajo
y propiciado numerosas acciones de reclamación de horas extraordinarias, condiciones de
trabajo que ha supuesto desembolsos considerables para la empresa", denunciando igualmente
ante la Administración autonómica los incumplimientos de los Pliegos de Prescripciones
Técnicas que dieron origen a los contratos administrativos de gestión del servicio público
de transporte sanitario que actualmente tienen las demandadas (Murciana de Asistencia y
Emergencias SL es la adjudicataria del servicio de Urgencias 112 en la zona de Cartagena,
mientras que Ambulancias Martínez SL ostenta la contrata del transporte ordinario de
enfermos).
Y por este motivo, es decir, por realizar su labor sindical, la administradora única de
todas las empresas inicia un proceso de acoso contra su persona a la vuelta de una IT
(incapacidad temporal) por lumbalgia. Así, el primer día de su incorporación tras la baja
su jefa le obliga a volverse a casa dos veces alegando que no lleva el uniforme
reglamentario (botas y camiseta). Tras regresar la segunda vez con el uniforme tal y como
ella consideraba, lo pone a limpiar ambulancias en lugar de darle trabajo como al resto de
compañeros, con la única intención de humillarle y aislarlo del resto de trabajadores/as
Una semana después, la ambulancia que habitualmente conducía el delegado de CGT sufrió una
avería. Inmediatamente, su jefa reunió a un numeroso grupo de trabajadores para decirles
que la avería la había provocado el delegado de CGT y que eso suponía un boicot a la
empresa. Estos hechos sucedieron un viernes.
Al siguiente día laboral (lunes) su jefa le comunica que ese día no va a trabajar porque
ha roto la ambulancia, y le cambia sus turnos, pasándole las jornadas que tenía de turno
de mañana al de tarde y viceversa. De este modo que las horas pedidas para la actividad
sindical quedaban ahora fuera del horario laboral, ya que se habían solicitado conforme al
anterior cuadrante. Aparte, la medida de prohibirle trabajar el lunes suponía un castigo
sin razón lógica alguna salvo la de humillarle.
El acoso al delegado de CGT es constante. Le ponen un número de pisos sin ascensor
inusualmente alto, a sabiendas de que sufre de espalda y tiene contraindicados esos
esfuerzos (informe médico que fue notificado la empresa). Para colmo, cuando la
administradora de las empresas le comunicó el cambio de turno, le informó de que, con el
nuevo turno, usaría otra ambulancia que llevaba aparejada una camilla de hierro que pesa
el doble que las camillas de uso habitual (de aluminio), a sabiendas que tiene problemas
de espalda.
Finalmente, en fecha 25 de octubre de 2017 la empresa inició expediente sancionador contra
el delegado de CGT por la rotura del coche. De dicha carta se dio traslado al Presidente
del comité de empresa (del sindicato UGT), que reunió única y exclusivamente a los
delegados sindicales y miembros del comité de empresa de UGT, sin informar de la reunión a
los miembros de CGT, que no pudieron asistir al desconocerla. En dicha reunión elaboraron
un comunicado en el que solicitan a la empresa que sancione al delegado de CGT.
Nos encontramos por tanto ante un caso típico de acoso laboral en el que la empresa
responde humillando al actor: una suma continúa de actos de hostigamiento en muy corto
tiempo, y cuyo objeto es destruir mentalmente al delegado sindical de CGT. Un
representante sindical que ha organizado una campaña de denuncias ante la Inspección y
demandas judiciales, gracias a la cual se están corrigiendo las incontables ilegalidades
existentes en la empresa, que se está viendo forzada a pagar decenas de miles de euros a
los trabajadores en sus demandas por horas extras y más de cien mil euros en sanciones de
Inspección de Trabajo por la apertura de 4 expedientes sancionadores (ya que una y otra
vez reincide en las ilegalidades, forzando a la Inspección a volver a actuar). Entre las
infracciones por las que ha sido sancionada y denunciada, cabe citar las siguientes.
Expediente sancionador por no respetar el descanso semanal y diario, así como por
ausencia de registro de horas extras.
Retrasos reiterados en el pago de salario.
El no reconocimiento de la antigüedad.
La realización de unas 1.000 horas extras anuales como media por trabajador/a
(conductores/as ambulancias) y no declaradas como tal a la Tesorería General de la
Seguridad Social, eludiendo la cotización adicional de horas extras que es de un 23,60%.
El concepto utilizado por parte de la empresa es el de "incentivos".
El acoso sindical es la respuesta empresarial a la legítima defensa que hace un delegado
de CGT de los intereses de la plantilla y por defender la prestación como servicio
público. Una actitud empresarial que visibiliza esa recuperación económica y sobre todo
cómo dicha recuperación se desvía hacia los bolsillos de los de siempre, es decir, la
clase empresarial.
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Se adjunta sentencia.
Contacto: 667844873 Marcial Martín Martínez (Delegado de CGT en la Sección Sindical de
Ambulancias Martínez)
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